Bases del Convocatoria para Becas

3.3 En caso de que el/la becario/a decida interrumpir la beca, se obliga a rembolsar al Fondo el equivalente al 50% de los costos ejecutados, atribuibles a el/la estudiante.

4. Retiro y reprobación de aignaturas:

4.1 Todo/a beneficiario/a de una beca del Fondo podrá retirar hasta un total acumulado de tres asignaturas atribuibles a su carrera, presentando la debida justificación a la Fundación Brugal y contando con el respaldo de su universidad. El valor de las asignaturas tomadas por segunda vez, será cubierto por el/la becario/a.

4.2 Todo/a beneficiario/a de una beca del Fondo podrá reprobar sólo una materia durante toda su carrera, sin perder el derecho al disfrute de la beca. No obstante, el costo de matriculación de la asignatura reprobada deberá ser cubierto por el/la becario/a.

5. Cambio de carrera:

5.1 El Fondo sólo admitirá cambios de carrera si el/la becario/a cumple con todas las siguientes condiciones:
a. La nueva carrera elegida es atendida por el Fondo.
b. El cambio se produce durante el ciclo educativo básico.
c. Cuenta con una evaluación y aprobación del Departamento de Orientación de la IES.

5.2 El Fondo sólo cubrirá, para la nueva carrera, un valor similar o menor al de la carrera sustituida.

5.3 El Fondo restará del valor total de la beca, el valor de los créditos cubiertos y no convalidados en la nueva carrera.

SÉPTIMA. Pasos y criterios de adjudicación:

1. Se hará una precalificación que estará basada en el cumplimiento con los requisitos y las informaciones iniciales sobre el ingreso familiar.

2. Los/las solicitantes precalificados/as serán invitados/as a una entrevista personal en las oficinas de la Fundación Brugal, de cuyos resultados saldrá una lista de preseleccionados/as.

3. Se realizará una visita domiciliaria a los/las preseleccionados/as, en la que se debe comprobar su ingreso familiar, mediante documentación razonable.

4. El Comité Asesor del Fondo hará una evaluación de cada caso y determinará si la ayuda procede. En caso afirmativo, determinará la modalidad de ayuda que se le adjudicará y su decisión será inapelable.

5. La Fundación Brugal convocará a los/las beneficiarios/as finales, con quienes se realizarán los trámites faltantes de la concesión, los cuales involucran a las IES.

OCTAVA. Plazo de solicitud: Las solicitudes correspondientes a la presente Convocatoria podrán presentarse hasta la fecha que se anuncie por diferentes medios de comunicación pública.

NOVENA. Documentación para la solicitud: Las solicitudes se deben presentar utilizando el Formulario de Solicitud de Beca establecido por el Fondo, el cual contiene orientaciones sobre la documentación que se precisa. Dicho formulario puede ser obtenido directamente en la sede de la Fundación Brugal, en horario de lunes a viernes de 9:00 a.m. hasta las 5:00 p.m., o accediendo a través de su portal en la red: www.brugal.com.do/fundacion.

NOTA IMPORTANTE: El formulario de solicitud, debidamente completado, DEBE SER ENTREGADO, FÍSICAMENTE, JUNTO CON LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA, en nuestras oficinas, antes de la fecha y hora anunciada. No se considerarán solicitudes con documentación incompleta.